¿Sabes dónde acudir si no te dan tu aguinaldo en tiempo y forma?

¿Sabes dónde acudir si no te dan tu aguinaldo en tiempo y forma?

En México, bajo ningún pretexto o condición de los trabajadores, todos quienes tengan una relación laboral de tipo subordinada a un patrón tienen derecho a recibir un aguinaldo y debe entregarse en un solo pago antes del 20 de diciembre.

Este beneficio consignado desde 1970 en la Ley Federal del Trabajo como un derecho anual, inicialmente era sólo una gratificación o regalo que voluntariamente el patrón otorgaba a sus colaboradores con motivo de la celebración de las fiestas navideñas.

¿Quiénes tienen derecho a recibir el aguinaldo?

Todos los trabajadores tienen derecho a recibir esta prestación anual, sean de base, de planta, sindicalizados, de confianza o contratados por obra o tiempo determinado.

Incluso los trabajadores que no cumplieron un año de servicio, independientemente de que se encuentren activos o no, o que en ese momento presten sus servicios en una empresa distinta tienen derecho a disfrutar de su aguinaldo de manera proporcional.

La Ley Federal del Trabajo que rige el pago de esta prestación establece que el patrón no puede alegar dificultades económicas o falta de utilidades como justificación para no pagar el aguinaldo o reducir su importe.

¿Cómo se calcula?

La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET) establece que para el cálculo de la prestación se toman en cuenta los períodos vacacionales, licencias de maternidad (pre y post natales), los descansos semanales y las incapacidades por riesgo de trabajo, los cuales deben considerarse como días laborados para efecto del pago del aguinaldo. Por el contrario, no se considerarán como días laborados las faltas injustificadas y las incapacidades por enfermedad general, salvo que el contrato de trabajo lo permita.

En el caso de los trabajadores con un salario fijo, el cálculo debe hacerse por día laborado. Si el monto de pago es variable, se toma como base el ingreso promedio diario obtenido en los últimos 30 días efectivamente trabajados.

En el caso de los colaboradores contratados como vendedores, agentes de comercio, propagandistas y otros similares, el salario diario para el pago del aguinaldo se calcula tomando en cuenta el promedio de los ingresos percibidos en el último año de trabajo o del tiempo de trabajo en caso de que no haya cumplido el año.

Cuando un empleado desempeña sus funciones como “free lance”, los lineamientos establecen que al estar contratado por honorarios recibe aguinaldo sólo cuando se encuentre al servicio permanente de un solo patrón, obligatoriamente cubra un horario y tenga un lugar de trabajo asignado dentro de las oficinas (prácticamente asalariados sin prestaciones).

¿Qué hacer si no recibes tu aguinaldo?

Si no lo recibes o se te otorga incompleto o de manera tardía, las autoridades laborales de la PROFEDET ponen a tu disposición las líneas: 01 800 7172 942 y 01 800 9117 877 o puedes acudir a cualquiera de sus 48 oficinas en todo el país donde te brindarán gratuitamente sus servicios de orientación.

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Recuperado de:

https://expansion.mx/mi-dinero/2012/12/18/que-hacer-si-no-te-pagan-aguinaldo?internal_source=PLAYLIST
¿Qué hacer si no te dieron aguinaldo? (2012). Expansión

http://profedet.gob.mx/profedet/prensa/preguntas_aguinaldo.html
Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo. Preguntas Frecuentes. (2014). Profedet

https://www.gob.mx/profedet/articulos/trabajador-como-fruto-de-tu-esfuerzo-mereces-el-pago-del-aguinaldo?idiom=es
¡Trabajador, como fruto de tu esfuerzo mereces el pago del aguinaldo! Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo. Blog. Gobierno de México

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