¿Qué son los juicios orales y su aplicación en el caso de accidentes automovilísticos?

Aplicación de los juicios orales en el caso de accidentes automovilísticos

¿Conoces el nuevo modelo de justicia en México?

En junio de 2016, se implementó en todo el país el nuevo Sistema Penal. Éste implica procesos más flexibles y transparentes, así como salidas alternativas para impartir justicia; investigando si se ha cometido un delito, se sancione al culpable, se proteja a la víctima y se reparen los daños. Todo lo anterior se traduce en menores costos y tiempos.

Respecto al sistema de justicia anterior, la diferencia es que ahora los jueces no darán un fallo leyendo expedientes, sino valorando las declaraciones y pruebas que las partes acusadora e inculpada aporten durante la audiencia. Algo parecido a lo que vemos en las series de televisión estadounidenses.

Uno de los principales objetivos de este nuevo sistema es tener opciones de justicia alternativa para que menos casos lleguen a juicio y los procesos se agilicen, lo que representará menores costos para el Estado y justicia pronta para los implicados.

¿Cómo funciona?

Los procesos penales bajo este nuevo esquema constan de 3 etapas:

1. Primera etapa: Investigación. El Ministerio Público (MP) y la policía determinan la probable existencia de un delito y buscan a la persona que lo cometió. Si hay pruebas de que el delito fue cometido, el MP lo acusa formalmente. El juez de Distrito determina si se aplicará prisión preventiva al inculpado, o se llevará el procedimiento en libertad. El MP inicia una carpeta de investigación.
2. Segunda etapa: Intermedia. El MP reúne las pruebas y testigos contra el inculpado. Se puede realizar un “acuerdo aprobatorio” con la defensa del presunto culpable. En el caso de los delitos menores, se pueden aplicar salidas alternativas como: proceso abreviado, suspensión condicional del proceso o justicia alternativa. De esta forma, se puede lograr que el proceso sea más rápido o que llegue a juicio.
3. Tercera etapa: Juicio Oral. Se lleva a cabo la audiencia pública en la que el MP (acusador) y la defensa (acusado) debaten sus posturas y presentan pruebas. Este debate es presidido por uno o tres jueces, los cuales no conocen el caso. Tras escuchar a las partes, el o los jueces dictan sentencia.

¿Cómo aplica en los accidentes automovilísticos?

1. Se hace del conocimiento del Ministerio Público el hecho de tránsito o accidente automovilístico.
2. Se presenta la denuncia o querella por dicho accidente o bien, el asegurado puede quedar detenido por haber causado lesiones o muertes en el accidente.
3. La preservación (no alteración) del lugar de los hechos es necesaria para no contaminar la evidencia que se tomará en cuenta para determinar la responsabilidad de los involucrados en el accidente.
4. El MP investigará los hechos, examinará la evidencia y determinará si hubo delito o no.
5. En caso de que haya algún lesionado o fallecido a causa del accidente, el juez de control, decidirá la situación jurídica del conductor responsable. Esto debe suceder dentro de las primeras 48 horas.
6. Antes de cerrar la segunda etapa (intermedia), se puede optar por alguno de los siguientes medios alternativos con el fin de lograr mayor agilidad en la solución del conflicto:
* Criterio de oportunidad: el MP puede optar por no llevar a juicio el caso y enviarlo al área de solución de conflictos, siempre y cuando esté garantizada la reparación del daño, como es el caso de las personas que tienen un Seguro de Autos que las respalda.
* Acuerdo reparatorio: con ayuda de un especialista en mediación, se busca que las partes involucradas en el accidente de tránsito logren un acuerdo para la reparación de los daños, sin embargo, si el inculpado ya ha realizado un acuerdo previo en circunstancias similares, no podrá realizar otro por segunda ocasión.
* Suspensión condicional del proceso: aplica para los casos en los que es la primera vez que se comete un delito por parte del asegurado, como por ejemplo, las responsabilidades derivadas del accidente o siniestro. Cuando ya se han pagado los daños y las lesiones a los terceros, puede solicitarse que se le aplique la pena que corresponde al delito, cumpliendo con las condiciones que el juez de control le imponga, en caso de no cumplir con las mismas, el proceso continuará.
* Método abreviado: el juicio puede abreviarse si se dan las siguientes condiciones.
√ Que el inculpado acepte ser el responsable de los hechos que se le señalan.
√ Que esté de acuerdo en ser juzgado con los datos e información que se tienen en la carpeta de investigación y renuncie a que se inicie un juicio oral.
√ Que no exista inconveniente razonable del ofendido en que se haga de esta forma.
√ Que el daño que se le causó al tercero se haya pagado o se haya garantizado.

Como resultado de todo lo anterior, la persona causante del incidente de tránsito (conductor) puede recibir una sanción menor a la que le hubiera correspondido en caso de haber pasado por el proceso del juicio.

7. Si no se opta por ninguna de las resoluciones anteriores, los involucrados en el accidente de tránsito se presentarán a una audiencia ante el juez de control como preparación al juicio oral.
8. El ofendido y el inculpado, asesorados por sus defensores, podrán hacer valer los derechos que la ley les otorga y ofrecerán las pruebas que cada uno considere necesarias.
9. Si no se opta por algún medio alternativo de solución de conflictos, el proceso de audiencia seguirá su curso y se dará apertura al proceso de juicio oral.
10.En el juicio oral, las partes involucradas en el accidente de tránsito tendrán el derecho de exponer verbalmente a los jueces los argumentos con los que cuenten en la carpeta de investigación.
11.Al finalizar este proceso, los jueces encargados del caso se reunirán para tomar una decisión sobre lo expuesto por los involucrados y dictarán una sentencia, misma que será leída y explicada en el momento. Tu seguridad y la de los demás es importante.

¡Infórmate! Conocer la ley es conocer tus derechos y obligaciones.

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Recuperado de:

https://expansion.mx/politica/2016/06/17/mas-que-juicios-orales-todo-lo-que-debes-saber-sobre-el-nuevo-sistema-penal?
Más que juicios orales: Todo lo que debes saber sobre el nuevo sistema penal. (2016) Revista Expansión

https://hdidigital.hdi.com.mx/juicios-orales-informacion/
Conoce la obligatoriedad de los juicios orales, que entraron en vigencia a partir de junio del 2016.
(2016) HDInfo

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