Responsabilidad Civil Riesgos Energéticos

Responsabilidad Civil Riesgos Energéticos

La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales establece por ley que todas aquellas empresas que realicen actividades en el sector de Hidrocarburos deben contar con los seguros obligatorios en materia de Responsabilidad Civil y Responsabilidad por Daño Ambiental, a fin de hacer frente a daños o perjuicios que se puedan generar durante el desarrollo de dichas labores.

Tal disposición se extiende a sus contratistas, subcontratistas, proveedores y prestadores de servicios.

La ley contempla las siguientes actividades sujetas a cumplir con lo dispuesto:

  1. Exploración y extracción de Hidrocarburos
  2. Tratamiento y refinación de Petróleo
  3. Procesamiento de Gas Natural

Coberturas mínimas por ley:

  • Control de Pozos: para obras o actividades de exploración y extracción
  • Responsabilidad Civil y Responsabilidad por Daños Ambientales: para obras de exploración y extracción
  • Responsabilidad Civil y Responsabilidad por Daños Ambientales: para obras o actividades de tratamiento y refinación de petróleo, así como procesamiento de gas natural

La Responsabilidad por Daños Ambientales cubre:

  • Atención a emergencias
  • Contención de contaminantes
  • Mitigación de impactos y daños ambientales
  • Caracterización de sitios contaminados
  • Remediación de sitios contaminados
  • Restauración o compensación ambiental 

¡Para grandes responsabilidades, grandes soluciones en protección!

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